El Ministerio ha venido pregonando que es necesaria una protección al sistema de asilo debido al supuesto abuso de falsos peticionarios de asilo que “sólo vienen a Canadá a favorecerse de las prebendas sociales que el gobierno generosamente estableció para proteger a las personas perseguidas”.
Estoy muy de acuerdo en lo anterior. En lo que no estoy de acuerdo es que vayan a victimizar más a aquella persona que viene huyendo, sufriendo, por una u otra razón al llegar a este país, que hay que recordar ha trabajado por años en su reputación de cuidar a los necesitados y reconocer lo establecido en la Convención De Ginebra y La Convención En Contra De La Tortura, pero la ley es la ley. El proverbio latino asegura: “Dure lex sed lex” (dura es la ley); así que nuestro deber es observarla como buenos ciudadanos y mantenernos informados responsablemente para actuar conforme a ella.
El hecho de que no estemos de acuerdo con ella no nos da el derecho a no observarla. Por el contrario, tenemos el deber de escudriñarla hasta el más mínimo detalle y entender cómo nos afectará.
Con respecto a lo nuevo que se avecina, recordarán que en nuestra columna anterior tocamos el tema del otrora Bill C31, y que hoy en día ya conocemos como “The Protecting Canada System Act”. Explicamos que habrían dos tipos de peticionarios de refugio, que los llamados peticionarios que viniesen de un designated country (país designado), tendrán un proceso más rápido con términos diferentes y acceso restringido a la apelación, frente al Tribunal de Refugios y Apelaciones.
Sí. A partir del 15 de diciembre de 2012, estará en servicio la Immigration Appeal Division (División de Apelaciones del Tribunal de Apelaciones de Inmigración), en el Immigration and Refugee Board. Este nuevo Tribunal implicará la posibilidad de tener una segunda estancia en las decisiones rendidas por la División de Refugee, lo cual quiere decir que la persona afectada podrá rebatir con pruebas nuevas la decisión tomada en primera instancia… ¡En buena hora! Esto será un alivio para las drásticas medidas tomadas por el gobierno federal. Pero recuerde, depende de usted, el afectado, el impulsar su proceso y probar su situación… manténgase responsablemente al tanto de su caso.
Lo que la teoría dice en este nuevo sistema es que las audiencias de refugio en primera instancia serán escuchadas dentro de los primeros 60 días contados a partir de la petición de la protección. Esta “rapidez” es una de las innovaciones del nuevo sistema que deseo ver cumplir a cabalidad. Esperemos en unos meses cuando el nuevo sistema ya esté en total funcionamiento que tendré que contarles. Sin embargo hasta el día de hoy lo único que quiero sugerirles “una vez más” es que sean responsables con sus casos. Investiguen, hagan su tarea.
Las nuevas medidas ya están aquí y lo importante es no cometer los errores del pasado que los puedo definir en una frase: “Mi proceso lo lleva o está donde el abogado”. Efectivamente, ¡Su representante legal es responsable de la presentación legal de su solicitud, pero la información y manejo de evidencias dependen de usted!
¡Hasta la próxima!,
Soy Angélica González-Blanco, Desde mi Escritorio, compartiendo y hablando del tema que me apasiona: Leyes de Inmigración de Canadá.Síganme en mi canal de youtube angelicagonzalezblanc